«Pasamos a ser sujetos de derecho y no objetos de la medicina»: avances y desafíos de la Ley Trans
El marco normativo regula y amplía aspectos clave como la autodeterminación de género y prevé medidas para proteger los derechos del colectivo LGTBIQ+, pero deja algunas cuestiones pendientes como el reconocimiento de las personas no binarias
“Esta ley permite que todo el mundo pueda ser quien es sin culpa, sin miedo y sin discriminación. Nos dijeron que era imposible, pero hoy es ley. Nunca más un país sin las personas trans, nunca más un país sin vosotras, sin vosotros y sin vosotres. La Ley Trans es ley”, así anunciaba en el Congreso la Ministra de Igualdad del Gobierno español, Irene Montero, este pasado jueves 17 de febrero la aprobación de la Ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, apodada Ley Trans, un instrumento normativo que amplía las garantías reconocidas del colectivo en España.
El enrevesado camino en su proceso de tramitación ha acarreado una sucesión de debates en una polarizada opinión pública, donde se han interseccionado la desinformación acerca de la propia ley y una evidente fractura del movimiento feminista por el reconocimiento del derecho a la autodeterminación de género. “Ha sido un debate social cargado de bulos, transfobia y lgtbfobia y creo que es importante pediros perdón porque no hemos sido capaces de evitarlo”, añadía la ministra.
Dos años después de su primera consulta pública, la Ley Trans ya es ley y en Bloom te contamos todo lo que esta pretende transformar y qué se ha quedado pendiente.
Autodeterminación de género desde los 16 años sin acreditación médica ni tratamiento hormonal
“Hoy pasaremos a ser sujetos de derecho y no objetos de la medicina”, así celebraba la aprobación de la Ley Trans Mar Cambrollé, activista histórica por los derechos LGBTI+ y presidenta de la Plataforma Trans, haciendo referencia a su enfoque despatologizante. Y es que, hasta esta última aprobación, para rectificar la mención registral del sexo, el Estado exigía a las personas trans acreditar un diagnóstico de disforia de género mediante un informe médico o psicológico clínico, así como someterse a un tratamiento hormonal durante al menos dos años “para acomodar sus características físicas a las correspondientes al sexo reclamado”, según indicaba la anterior ley.
Sin embargo, la nueva Ley Trans contempla la libre autodeterminación de género sin necesidad de ninguna acreditación médica. “Este cambio nos pone en una posición de personas, individuales y libres, cambiamos de ser objeto de estudio y escrutinio médico a entender por fin que somos personas con derecho a nuestra autodeterminación. Estamos quitando la presión a muchísimas personas de tener que hormonarse o pasar por procesos de juicio médico para el primer paso más importante, que es poder definirnos y determinarnos como somos”, explica a Bloom Alejandra, que vivió en primera mano un proceso de transición previo a la aprobación de esta ley.
“Esto también ayuda a que personas no binarias o que aún tengan dudas sobre su género puedan avanzar a nivel social, político y burocrático sin tener que pasar por procesos hormonales que no desean”, añade.
La libre autodeterminación de género se aplica también a los menores de edad hasta los 16 años. Para aquellos entre 14 y 15 años se regula esta opción siempre que sean acompañados por su representación legal en el proceso y, para los mayores de 12 y menores de 14, se requerirá un aval judicial. Sin embargo, no se prevé ningún mecanismo para el caso de los menores de 12 años.
“El mal llamado ‘sexo’ en el DNI no solo es innecesario, sino que es un lastre, no veo la necesidad de marcar en un documento el género y mucho menos el sexo de ninguna persona. Esto solucionaría de base el problema de la autodeterminación en menores de 12 años, porque no tienen independencia legal”, indica Alejandra. “La ley debería avanzar más para proteger a estas personas en el caso de que quienes están a su cargo no estén dispuestos a ayudar al menor en este proceso”, añade.
Más derechos para el colectivo LGBTI+, prohibición de terapias de conversión e infracciones a la lgtbfobia
La ley pretende afianzar los derechos del colectivo LGBTI+ brindando legitimidad jurídica en la defensa del mismo a las entidades dedicadas a este fin e integrando diversas cláusulas de no discriminación por razón de orientación sexual, identidad sexual, expresión de género y características sexuales en diferentes ámbitos de la vida cotidiana, desde el trabajo hasta los entornos sanitarios pasando por el deporte.
“Aunque es conocida como Ley Trans, es una ley que recoge garantías de derechos para todas las personas LGTBI. Se trata de un paso importantísimo para nuestra democracia, no solo porque se otorga dignidad a las personas trans al dejar de tratarlas como personas enfermas y tuteladas, sino porque se establecen los mecanismos para que la igualdad legal pueda transformarse en una igualdad real, palpable en el día a día. Se desarrolla, por fin, la obligación constitucional que tienen los poderes públicos de remover los obstáculos que la impiden o la dificultan”, indica a Bloom Boti G. Rodrigo, directora general de Diversidad Sexual y Derechos LGBTI del Ministerio de Igualdad.
Unas medidas que se llevan a cabo teniendo en cuenta que hasta el 42% de personas LGTBI+ se han sentido discriminadas en España y el 8% han sido agredidas en los últimos 5 años. Además, más de la mitad de menores LGTBI+ sufre acoso escolar y el 63% de las personas trans se han sentido discriminadas en el último año, según un estudio llevado a cabo por la FELGTB+ en 2021. Por otro lado, el 34% de las personas trans asegura haber sido discriminade en el ámbito laboral, el 39% indica haberlo sido por el personal sanitario o de los servicios sociales y el 37% afirma que ha sufrido discriminación en el ámbito académico.
Hasta el 42% de personas LGTBI+ se han sentido discriminadas en España y el 8% han sido agredidas en los últimos 5 años según un estudio de la Agencia Europea de Derechos Fundamentales (FRA) de 2020
En este sentido, con referencia a la ley, Rodrigo valora que se trata de un texto bastante completo que establece mecanismos antidiscriminatorios en todos los ámbitos. “El objetivo es que en la próxima encuesta de la Agencia Europea de Derechos Fundamentales el 48% de las personas LGTBI en España no tenga miedo de salir por la calle de la mano de su pareja”, señala.
En este sentido, el instrumento también amplía los derechos a las familias LGBTI+ (o, más bien, los equipara a los de las familias heterosexuales), regulando la igualdad de condiciones entre parejas hetero y parejas homosexuales con relación a la capacidad de los cónyuges en la adopción de un menor, la filiación no matrimonial en parejas de mujeres lesbianas, y el acceso a técnicas de reproducción asistida dentro de la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud para mujeres lesbianas, bisexuales y solteras, el cual fue excluido hace ya siete años.
«La Ley Trans es una ley que recoge garantías de derechos para todas las personas LGTBI. Se trata de un paso importantísimo para nuestra democracia, no solo porque se otorga dignidad a las personas trans al dejar de tratarlas como personas enfermas y tuteladas, sino porque se establecen los mecanismos para que la igualdad legal pueda transformarse en una igualdad real».
Se establecen también diferentes tipos de infracciones y sanciones ante las conductas lgbfóbicas o basadas en el género y/o las características sexuales. En este ámbito también se prohíben las terapias de conversión, para las que se prevé una sanción administrativa, aunque no se incluyen en el Código Penal.
Ampliación de reconocimiento de derechos a personas intersexuales
Esta nueva ley contempla una atención sanitaria integral a las personas intersexuales construida en base a los principios de autonomía, decisión y consentimiento informados, no discriminación, asistencia integral, especialización, proximidad y no segregación, incidiendo también en la importancia de un enfoque despatologizador. Se asegura también el respeto a su intimidad y confidencialidad sobre sus características físicas y evitando exploraciones innecesarias y la exposición del paciente sin objetivo diagnóstico relacionado.
También se introduce la prohibición de todas aquellas prácticas de modificación genital en personas menores de 12 años salvo en los casos en que las indicaciones médicas exijan lo contrario por motivos de salud.
Adicionalmente, se incluye la posibilidad de que los progenitores de un recién nacido que reciba el parte facultativo con la condición intersexual puedan solicitar que la mención del sexo figure en blanco por el plazo máximo de un año.
¿Qué queda fuera? Reconocimiento de personas no binarias y obstáculos a personas trans migrantes
A pesar de que en torno al 60% de personas no binarias en España opina que reconsiderar los modelos de registro del sexo y el reconocimiento de las personas no binarias son desafíos prioritarios, la Ley Trans finalmente no integra la enmienda relativa a la inclusión de esta población en el instrumento normativo. De hecho, no hay ninguna mención a las personas no binarias en la ley, aunque sí se menciona la protección y sanción por discriminación basada en la expresión de género.
“Seguiremos luchando por los derechos de todes que quedan por lograr”, anunciaba el día de la aprobación de la ley Uge Sangil, presidenta de la Federación Estatal LGTBI+, quien considera que el instrumento normativo es “un avance histórico para las personas LGTBI+”.
“Inicialmente sí que se incluían estas realidades, pero la posibilidad ha ido esfumándose poco a poco debido a las trabas judiciales y políticas que se han ido poniendo desde diferentes sectores. Creo que la figura del no binarismo va a llegar a la realidad política y judicial con algo de tiempo. Seguiremos luchando por incluir todas las realidades trans en las leyes para que todes estemos representadas”, afirma Alejandra.
Por otro lado, aunque la nueva ley reconoce la condición de refugiado a la persecución por motivos de identidad sexual y garantiza el derecho de las personas de nacionalidad extranjera a adecuar su identidad en los documentos expedidos en España, no se prevén mecanismos para las personas trans migrantes en situación administrativa irregular con relación a su proceso de transición y modificación registral del género.