Cuando se le pone tiempo al duelo: cuántas semanas de baja por la muerte de un familiar
La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha anunciado una posible ampliación del permiso de baja por la muerte de un familiar, que pasaría de un máximo de 4 a un máximo de 10 días
Seguir como si nada hubiera pasado. Esto es lo que la sociedad nos impone cuando atravesamos un momento tan complicado como la muerte de un familiar cercano. Solapamos el duelo con las reuniones, las entregas de informes y el café con los compañeros. Porque la vida tiene que seguir, sí, pero no nos permiten tomarnos el tiempo que necesitamos para sanar.
Recientemente, la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha anunciado un importante cambio en los permisos de los trabajadores y que busca ampliar el tiempo de baja por la muerte de un familiar. Pero sigue siendo insuficiente.
De dónde venimos y hacia dónde vamos
Hasta ahora (y todavía hoy), la muerte de un familiar cercano, hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad, genera un permiso por fallecimiento de apenas dos días (cuatro en caso de producirse en una comunidad autónoma diferente), según se recoge en el artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores. Una cifra ridícula que nos obliga prácticamente a ir a trabajar a las pocas horas de haberse producido la despedida.
Díaz ha anunciado ahora la ampliación del permiso por fallecimiento de un familiar hasta 10 días. Si bien todavía debe contar con la aprobación del Gobierno, hay que tener en cuenta el “hasta”.
Un importante asterisco, ya que no en todos los casos el permiso llegará a la semana y media de baja. Dependerá «del grado de consanguinidad y de afinidad», según ha explicado la ministra.


Así, se mantiene el segundo grado de consanguinidad o afinidad (abuelos, nietos y hermanos), además de, por supuesto, el primer grado de consanguinidad o afinidad (padres, hijos, cónyuge o pareja de hecho). En el caso de la familia política, la ampliación de este permiso contempla dos días hábiles o cuatro en caso de necesidad de desplazamiento e igualmente incluye suegros, cuñados o abuelos políticos.
Otra de las grandes novedades de la medida es que este permiso de baja por la muerte de un familiar es que se podrá distribuir como el trabajador lo necesite, siempre dentro de las cuatro semanas siguientes al fallecimiento, de forma continua o discontinua.
Cuántas semanas de baja por la muerte de un familiar corresponden en Europa
Aunque es evidente que esta propuesta para modificar el Estatuto de los Trabajadores es un buen paso adelante en materia de derechos de los trabajadores, todavía estamos muy lejos del ejemplo europeo.
Portugal, nuestro país vecino, cuenta con un permiso de 20 días consecutivos en caso de fallecimiento de cónyuge o pareja de hecho, hijo o hijastro, cinco días en caso de padres, padrastros, suegros, yernos o nueras, y dos días para hermanos, cuñados, abuelos, bisabuelos, nietos y bisnietos.
Además, en Portugal también se tiene en consideración el duelo gestacional, por el que se contempla un permiso retribuido de hasta tres días.
Reino Unido recoge hasta 14 días para el fallecimiento de un hijo menor de edad o una muerte gestacional a partir de las 24 semanas de embarazo, aunque tienen en cuenta para otorgar su retribución factores externos, como la antigüedad en la empresa o el salario.
Francia cuenta con un permiso variable por el fallecimiento de un hijo: 12 días si es mayor de 25 años y 14 días si es menor de 25 años, con un “extra” de ocho días adicionales que se podrán coger en un plazo de un año. En el caso de pareja, padres, suegros o hermanos, el permiso es de tres días, mientras que por abuelos o bisabuelos es de apenas un día.
En cualquier caso, en todas estas legislaciones vemos que figuras como tíos o sobrinos se quedan fuera de los permisos retribuidos en los empleados. También faltan permisos para pérdidas gestacionales: muy pocos países los incluyen en sus medidas.



























